domingo, 12 de julio de 2009

La responsabilidad adulta frente a los jóvenes.

Frecuentemente constatamos con dolor numerosas situaciones juveniles de sufrimiento, dolor, muerte..., sin muchas certezas sobre qué hacer o cómo responder a las mismas: adicciones varias, episodios diversos de violencia juvenil, conductas delictivas y antisociales en menores de edad, actitudes viales decididamente peligrosas...

Los jóvenes, la “porción más valiosa y delicada de la sociedad” (cf. MB, II, 45), parecen encontrarse a la deriva (cuando no son abusados sus derechos), sin contención ni referencias claras.

Frente a esta realidad, algunos abordajes parecen renunciar a la tarea indelegable que le corresponde a la familia, el Estado, o el sistema educativo: Por ejemplo, más allá de los planteos acerca de la reducción de edad de imputabilidad penal, ¿qué concepción de fondo está implícita?¿Qué derechos y qué deberes pueden ser asignados a los 15, 18, 21, 24 años...? Sin un planteo integral y una discusión de fondo sobre este punto, los pedidos de reducción de la edad de imputabilidad penal se limitarían a solucionar el problema de la criminalidad “juvenil” convirtiendo la misma en una variante temprana de criminalidad “adulta”, sin salir de un enfoque esencialmente “represivo” del problema de la seguridad y el delito...

Similarmente, por pensar en otro caso, en torno al problema de las adicciones juveniles, a partir del reclamo legítimo por no “criminalizar” al drogadicto (es decir, no tipificar penalmente su consumo de droga), podría derivarse un “corrimiento” de la autoridad pública, responsable de la prevención y la atención de la salud en amplias capas de la población... Es decir el efecto podría ser, antes que una “despenalización” de determinadas individuales, una “desresponsabilización” por parte de los encargados de dar una respuesta a este tipo de problemáticas...

Mientras se discuten estas cuestiones y se busca la mejor manera de solucionarlas, queda fuera de duda la importancia que cobran las actitudes (y las políticas) preventivas, entendiendo por “prevención” no sólo la mera “imposibilidad” de obrar mal (concepción “represiva” y “negativa” de la prevención), sino como desarrollo y liberación de las propias potencialidades para el bien, inherentes en toda persona (concepción “expresiva” y “positiva” de la prevención), de tal manera que cada joven, llegada cierta edad, sea el primer responsable de sus actos.

Desde esta óptica, hace falta que los responsables adultos (padres y educadores) se aseguren de proporcionar ambientes cuidados, ricos en propuestas alternativas y cargadas de valores, sea en la familia, en los centros juveniles y en las escuelas, en los espacios públicos, etc. ¿Sería demasiado ambicioso reconvertir las “escuelas” en centros juveniles integrales, si los responsables políticos proveen adicionalmente los recursos humanos y materiales necesarios para un aprovechamiento mucho más intensivo de las estructuras ya existentes, con el fin de asistir a la población juvenil en sus necesidades de capacitación, de uso constructivo del tiempo libre, de re-creación en sus tiempos de ocio y juego, etc.?

De otro modo, la falta de propuestas no conduce a la libertad, sino a la desorientación, al no proporcionar referencias válidas (no como límite restrictivo, sino como criterio pensado, reflexionado, para tomar decisiones a conciencia y conducirse en la vida). La capacidad para elegir libremente, de proyectarse a sí mismos en el largo plazo, surge de la variedad de opciones, no de la ausencia de caminos alternativos.

La carencia de criterios elementales de cuidado de sí mismo se refleja también en aquellos festejos de todo tipo en el que no se concibe la posibilidad de diversión sin drogas y/o exceso en el consumo de alcohol (que arrancan desde las mismas “previas”), conductas sexuales en las que se manifiesta cierto descuido o desprecio por sí mismo (exponiéndose a riesgos varios), o los embarazos de niñas-adolescentes.

Por otro lado, le cabe a las autoridades políticas un rol esencial en los ámbitos de la salud (incluyendo la prevención temprana de conductas dañinas), educación (incorporando la capacitación profesional y la formación para el mundo laboral), la creación y regulación del trabajo (por la integración e inclusión social que continúa representando en nuestras sociedades de América Latina y por la creación de riqueza personal y social que implica), la defensa de la institución familiar (facilitando el acceso a la vivienda y asegurando un ingreso digno a los núcleos más vulnerables), la contención, seguridad y promoción social (incluyendo políticas universales e igualitarias para jóvenes, franja etaria socialmente postergada), etc.

A esto debemos agregar, por supuesto, aquellas situaciones en las que los derechos de los menores son directamente vulnerados y en las que el Estado debe intervenir para tutelarlos: violencia familiar, accidentados viajes de egresados (por negligencias en la organización de los mismos), falta de seguridad en la organización de espectáculos deportivos, artísticos, chicos abandonados o en situación de calle, trabajo infantil, prostitución infantil.

De este rápido pantallazo se desprende que la “preventividad”, además de ser una premisa indiscutida en las problemáticas juveniles, es una condición que debe encarnarse en múltiples niveles de la sociedad, más o menos abarcativos. En consecuencia, además de cumplir con la parte que a cada uno le toca, es necesaria una conciencia ciudadana que se haga cargo como sociedad de lo que acontece, no con “los” jóvenes, sino con “nuestros” jóvenes, en una muestra de solidaridad que no sólo es “afectiva” o emocional sino “efectiva” y comprometida.

La preventividad “efectiva” y comprometida apunta esencialmente a que el joven se “apodere” de sí mismo, de sus derechos y de sus obligaciones. En este sentido, es fundamental que los adultos (padres, educadores, funcionarios públicos) se responsabilicen ante ellos con los mensajes que les transmiten, con las actitudes que testimonian, etc. asegurándoles la satisfacción de sus necesidades más elementales y la tutela de sus derechos fundamentales, y, en la medida que los jóvenes van haciéndose capaces de asumir responsabilidades, haciéndoles notar cuáles son sus propios deberes que también los hacen miembros de la comunidad, y no sólo “destinatarios” de la misma. La medida en que un joven es capaz de tomar decisiones por sí solo, de responder (ante sí mismo y, por eso, ante los demás) por sus conductas indicará qué tan eficaz habrán sido nuestras acciones preventivas en formar una persona autónoma, digna, comprometida y solidaria.

Rafael Tesoro

rafaeltesoro@argentina.com

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