miércoles, 3 de septiembre de 2014

Los buitres van a fondo

Los buitres levantan vuelo
El 30 de Julio pasado expiró el plazo para coronar una negociación de la Argentina con los fondos de inversión (“fondos buitre”) en relación al pago de 1.500 millones de dólares, según dispuso el juez del segundo distrito de Manhattan, Thomas Griesa. Por la falta de acuerdo con dichos fondos, los acreedores de la deuda reestructurada por el Estado (en 2005 y 2010) no cobraron la suma que les corresponde, suma que Argentina ya había girado a las entidades encargadas de efectivizar tales pagos y cuya concreción detuvo el juez, como medida de precaución para que cobren los fondos beneficiados con su fallo.
Por un lado, esto puede ser perjudicial para el país, ya que se configuró un escenario similar al de un default, sin llegar a serlo nítidamente: un “default” es una declaración abierta, por parte del deudor, de la imposibilidad real de cumplir con el conjunto de sus obligaciones en tiempo y forma. Cabe aclarar que la denominación que se aplique no es anecdótica: un término u otro puede provocar efectos jurídicos (y económicos..!) muy distintos1. Ya hemos vivido en 2001 un default, y conocemos, por lo menos, las duras consecuencias socioeconómicas que trajo aparejadas: desconfianza internacional hacia el país, encarecimiento del crédito, huida de los ahorros, menos inversiones, etc.
Por otro lado, pagar sin más el fallo del juez Griesa, lo que pudo hacerse sin mayores complicaciones financieras, hubiese llevado en el corto plazo a demandas similares en el orden de los 15.000 millones de dólares por parte de los otros acreedores que tampoco aceptaron el canje de la deuda. Esta cifra ya es bastante más amenazante... Y en un mediano plazo, por la tan comentada cláusula RUFO (sigla en inglés de “Derechos sobre ofertas futuras”), que garantiza las mismas condiciones mejores de pago que pudieran establecerse hasta fines de 2014 a los acreedores de la deuda reestructurada, podrían iniciarse juicios por cifras cuyas estimaciones van desde 120.000 a 500.000 millones de dólares... Absolutamente impagable para un país cuyo entero PBI anual no llega a cubrir esta cifra y cuyo Banco Central tiene reservas por “sólo” 30.000 millones de dólares.

¿Hay vida después de los buitres?
Más allá de las preferencias u orientaciones político-ideológicas, es importante que los destinos del país sean conducidos desde el propio país, sustentados, primaria aunque no únicamente, en los propios recursos. Y sabemos que la Argentina, sin graves conflictos étnicos, religiosos, ni frecuentes catástrofes naturales, es un país generoso en extensión territorial, capacidad alimentaria, energética, talento humano, etc.. Depende de nosotros hacerlo fructificar.
Por de pronto, es probable que debamos transitar un escenario problemático, es verdad, aunque no sería tan traumático como el otras crisis económicas atravesadas en nuestra historia reciente...esto también es verdad. También es probable que continúen distintas conversaciones y tratativas, y surjan novedades cuando ya no opere la cláusula RUFO, enero de 2015, o antes...
Mientras tanto, debe continuar el trabajo del día a día, la educación de los jóvenes, el cuidado de los enfermos y ancianos, etc... No debe descuidarse el sentido básico de solidaridad y cohesión social como pilar para cualquier desarrollo sustentable.

“La Argentina también debe honrar su deuda... Social”
En este sentido, es relevante no perder la sensibilidad frente a situaciones muy concretas, pequeñas o grandes. Si los vínculos financieros involucra cierta dimensión ética, ¿cuánto más los vínculos sociales y humanos?
Cito textualmente a Víctor Manuel Fernández, Rector de la UCA2: “Ante las circunstancias recientes de la deuda externa he escuchado a empresarios, muy preocupados por el futuro financiero del país, decir que a las deudas hay que honrarlas. Sin embargo, pocas veces he advertido la misma sentida preocupación ante la deuda que tenemos con los excluidos de la sociedad, con los descartables o sobrantes, como los llama al Papa Francisco.” (EG 53)
Tampoco debe descuidarse la formación y selección de buenos líderes y dirigentes: en breve, será electo un nuevo Presidente, al igual que varios importantes Gobernadores e Intendentes, sin contar numerosos legisladores. Será una instancia importante, promediando la segunda década del siglo XXI, luego de una extendida gestión, cargada de decisiones y polémicas...

Definición: ¿fondo buitre, holdouts, fondo de alto riesgo?
Las palabras no son inocentes: Si los llamamos “fondos de alto riesgo” estamos asimilándolos a los capitales que arriesgan en inversiones de maduración lenta, de resultados cuantiosos, aunque ponderados por una probabilidad bastante baja de éxito. Sin embargo, estos fondos no tienen como objetivo una producción eventualmente muy grande, sino una compra de activos a precios muy bajos, decididamente viles, con una expectativa de cobranza baja: los acreedores originales (“holdouts”) no tienen voluntad, tiempo o dinero para litigar o sostener un pleito, y venden sus derechos a estos fondos.
Si los llamamos “fondos buitres”, nos remitimos a las aves carroñeras que no tienen la nobleza de pelear y cazar su alimento, sino que se limitan a devorar carne de cadáveres, para luego continuar con su vuelo buscador de animales moribundos...
Dejando entre paréntesis la discusión semántica por el término a utilizar, estos fondos de inversión no son los acreedores originales. Es un punto a considerar: Quizás si el país hubiese sido más rápido en facilitar la reestructuración, los holdouts no hubiesen vendido sus derechos a los “fondos de alto riesgo”...
Otro punto a tener presente: los “fondos buitres” buscan maximizar su ganancia, especulan con distintas posibilidades, con bonos reestructurados y caídos, al mismo tiempo, litigan y se aseguran contra la adversidad... No es que sean malvados villanos, simplemente no son altruistas, no incluyen consideraciones de responsabilidad social en sus objetivos, conductas, etc.
Hasta este punto, las críticas que pueden hacérseles no son muy distintas a las que también pueden ser hechas a otros capitalistas, estén en la rama financiera, industrial, comercial, etc. Sin embargo, es quizás en el ámbito de las finanzas donde aparece más nítida la apropiación de una parte del excedente económico, en virtud de la mera propiedad privada3.

“Me interesa tu beneficio”
Son numerosas las criticas que se le han hecho en distintas tradiciones éticas y religiosas al préstamo de dinero a interés4. La usura siempre ha sido odiosa y ha merecido reprobación, por ser aplastante para el pequeño inversor-prestatario5, y, en definitiva, perjudicial para una economía que quiera hacer del trabajo la fuente principal de generación de riqueza.
Aún reconociendo en la historia del pensamiento económico un progresivo reconocimiento a la necesidad del ahorro, éste debe justificarse en la inversión y circulación de recursos hacia otros agentes y sectores de la sociedad. De este modo, la virtud personal del ahorro, al no cristalizar en puro atesoramiento individual o familiar, confluye en conveniencia para la comunidad en su conjunto... y puede ser partícipe de los esperables beneficios aquel que aportó un valor necesario para la generación de riqueza.
Entonces, ¿qué conductas financieras, aún siendo legales, son, por lo menos, discutibles, desde la perspectiva de la responsabilidad social y la ética? 6
En principio, parece que aquellas acciones que se desinteresen por completo del objeto al que están financiando, de su naturaleza, objetivos, circunstancias a atravesar, y apunten nada más que al cobro del capital y los intereses, no ponen al ser humano como centro de sus preocupaciones...: ¿Me da lo mismo invertir en un anónimo plazo fijo convencional o me comprometo con el crecimiento de una PyME, asociándome a ella? ¿Comprar un inmueble o construir uno nuevo? ¿A qué clase de Gobierno, y de políticas, financio cuando adquiero sus títulos públicos? ¿Compro acciones de una fábrica de armas o de una empresa de software? Si invierto en el sector alimenticio, ¿Es igual una firma que otra, sin preocuparme por el respeto a las normas laborales o por sus impactos ambientales? Y así podemos seguir, de manera similar a como un trabajador puede preguntarse para quién se esfuerza, o qué tareas hace, más allá de la remuneración percibida... legítimamente podemos cuestionarnos para quién y cómo “trabajan” nuestros ahorros... En el caso del fondo buitre, ¿se invierte para participar de un crecimiento al que se apoya..., o para extraer recursos a precio vil, sin consideración alguna por el otro?

El dinero para el hombre, y no el hombre para el dinero.
La doctrina Champerty7 postula que “... ninguna persona natural o jurídica (...) puede comprar documentos de crédito vencidos (...) con la intención y el propósito de interponer una acción o un proceso judicial con respecto a la misma”. Así lo expresa la Ley del Poder Judicial de Nueva York en la Sección 489.
Y, sin embargo, ¿Por qué no rige este criterio en las finanzas internacionales? Debemos entender que los fondos buitres no sólo compran deuda a precio vil: también destinan recursos, abogados y tiempo a instrumentar maniobras, ejercer presión, hacer lobby, etc.
Otro ejemplo: en nuestra legislación, cuando un deudor no puede honrar sus obligaciones, puede celebrar un acuerdo con sus acreedores, y se propone un plan de pagos, reestructurando montos, plazos, tasas de interés, etc. De acuerdo al art. 45 y 73 de la Ley 24.522 (“Concursos y quiebras”), si el deudor reúne la aprobación de un 66,6% de los acreedores, puede forzarse la aceptación de los acreedores restantes. Se entiende este principio, si se tiene en cuenta el interés por preservar la existencia de la empresa, como reunión y contrato entre distintos agentes, factores, etc., que ha llevado tiempo y esfuerzo llevar a su concreción.
En el caso de los Estados soberanos, ¿no debería existir un criterio similar, aún con porcentajes diferentes? Por un lado, los Estados no responden a fines de lucro, con lo que incluso deberían reunir un porcentaje menos exigente; por otro lado, como los Estados no pueden quebrar y desaparecer, podría pensarse en un porcentaje mayor para su caso... Pero parece bastante razonable que haya un criterio determinado que permita la definitiva reestructuración de deudas para el caso de los Estados soberanos.
Estas referencias parecen reclamar que se rellene el vacío legal, para que se imponga la fuerza del derecho. De lo contrario, seguirá imponiéndose el derecho de la fuerza. En ese sentido, se distingue cada vez más necesaria una instancia con efectiva capacidad de decisión y regulación en la órbita internacional8, quizás haya que buscar nuevas instituciones, adecuadas a los tiempos actuales.

Caranchos cancheros
Mientras se dirime esta seria controversia con los “buitres”, que trajo y traerá complicaciones a nuestra economía, se resuelva como se resuelva, es interesante llamarnos a reflexión sobre nuestras propias “actitudes carroñeras”, emulando a nuestros criollos caranchos.
A nivel político-dirigencial: cada vez que en lugar de sumar aportes desde una intención constructiva, nos preocupamos por destruir al contendiente empresarial, sindical, partidario...
A nivel económico-empresarial: cada vez que reproducimos la misma conducta ya reseñada de los “buitres” en el plano local, cuando la especulación interesa más que la producción y el trabajo, cuando tomamos ventaja injusta del caído, abusando de los apuros financieros y de una relación de poder.
A nivel de las relaciones humanas: cada vez que reafirmamos nuestro ego a partir del maltrato a los demás, especialmente cuando advertimos situaciones de fragilidad y vulnerabilidad. Pensemos las ocasiones en que uno se siente importante por humillar a otro en condiciones de inferioridad9...

La conversión de las grandes estructuras político-económicas no debe ir disociada de las pequeñas conversiones en nuestro día a día... El sabernos hermanos de los demás, crecer en un sentimiento genuino de fraternidad, es un buen punto de partida para esta tarea.

Rafael Tesoro
rafaeltesoro2@yahoo.com.ar


1 Cf. Zaiat, A., No es un default, P/12, 3 Ago 2014, http://www.pagina12.com.ar/diario/economia/2-252154-2014-08-03.html
2 Monseñor Víctor Manuel Fernández, Arzobispo Rector de la UCA, Presentación Barómetro de la Deuda Social Argentina de la UCA “Un régimen consolidado de bienestar con desigualdades persistentes”, 17 Jul 2014 http://www.aica.org/subidas/1070.pdf .
El Resumen Ejecutivo está disponible en http://www.uca.edu.ar/uca/common/grupo81/files/Resumen_Ejecutivo_-_Bar-metro_Deuda_Social_2014.pdf .
El informe completo está disponible en http://www.uca.edu.ar/uca/common/grupo81/files/UCA_ODSA_2014_Ultimo.pdf
3 Cf. K. Marx, El Capital, Tomo III, Cap. 21 y 24.
4 Hay varias referencias posibles: El Islam, Sto. Tomás de Aquino, Martín Lutero, entre otros.
5 Cf. Mt. 18, 23-35
6 Cf. Francisco, Evangelii Gaudium, nn. 52-58 ( http://w2.vatican.va/content/francesco/es/apost_exhortations/documents/papa-francesco_esortazione-ap_20131124_evangelii-gaudium.html ). El Papa plantea en breves renglones pistas muy interesantes de reflexión ética sobre la economía y las finanzas.
7 Cf. Zaiat, “Doctrina Champerty”, Página 12, 28Jun2014, http://www.pagina12.com.ar/diario/economia/2-249631-2014-06-28.html
8 Es llamativa la actualidad de la llamada de San Juan XXIII, en su encíclica Pacem in Terris (1963), nn. 136-141 ( http://www.vatican.va/holy_father/john_xxiii/encyclicals/documents/hf_j-xxiii_enc_11041963_pacem_sp.html ), en relación a su convocatoria a una autoridad mundial.
9 Cf. Lc. 18, 9-14